Siendo un aforismo interpretativo del derecho tributario, ha decantado también en síntesis de una actitud frente al poder y al Estado, cuál es, que su legitimidad radica en su servicialidad a los fines inherentes a la humanidad de las personas y a su trascendencia histórica y espiritual. adiazloayza@gmail.com
martes, 15 de diciembre de 2015
jueves, 10 de diciembre de 2015
AVISO 2a Solemne Sociedades. UCEN.
AVISO: Mañana la prueba solemne comienza a las 18:00 hrs. Una vez terminada, habrá clases.
miércoles, 9 de diciembre de 2015
Notas trabajo La Sociedad en las 7 Partidas
ALUMNO
|
NOTA
|
ANGEL ARACENA,
CLAUDIO ANDRES
|
5
|
CASTILLO
CORVALAN, FERNANDA DENISSE
|
5,5
|
CASTILLO VERA,
ALICIA MALVINA
|
5
|
CASTRO
CACERES, VIVIANA ANDREA
|
6
|
CONTRERAS
ABARCA, NICOLÁS JESÚS
|
6,5
|
CORTÉS GODOY,
ANGÉLICA DEL PILAR
|
5
|
DEVIANI BAEZ,
EVA BELEN
|
5
|
FAUNDEZ
OSORIO, NICOLE FERNANDA
|
4,5
|
GODOY ROJAS,
MARIO PATRICIO
|
5
|
LEPE SANDOVAL,
PABLO ANDRES
|
5
|
LÓPEZ
CARTAGENA, ELIZABETH DANIELA
|
5,5
|
MALDONADO CAROCA,
EMILIA DEL CARMEN
|
5,5
|
MANRIQUEZ
MANDIOLA, DIEGO
|
5
|
MARTINEZ
GUAJARDO, MACARENA ALEJANDRA
|
4,5
|
MONTALVA
CASTILLO, FERNANDO ANTONIO
|
5,5
|
MUÑOZ CANALES,
PABLO IVAN
|
5
|
REYES SILVA,
RODRIGO IGNACIO
|
5
|
TELLO JARA, CRISTIAN
ANDRES ORLANDO
|
6,5
|
VERA
RODRIGUEZ, CARLOS EDUARDO
|
5
|
domingo, 6 de diciembre de 2015
Enade 2015: On line.
A fines de noviembre, se llevó a cabo la ENADE, la cual contó con interesantes exposiciones de diversas personalidades del mundo académico, político y empresarial.
En el siguiente link, se puede ver el contenido de esas exposiciones, de las que destaco la de Ramiro Mendoza y la de Pablo Ortúzar Madrid.
LINK
En el siguiente link, se puede ver el contenido de esas exposiciones, de las que destaco la de Ramiro Mendoza y la de Pablo Ortúzar Madrid.
LINK
miércoles, 25 de noviembre de 2015
Estadísticas sobre quiebras en Chile
Estudio: Cada año quiebran 155 empresas y cerca de tres mil personas
quedan cesantes en Chile
Según el Ministerio de Economía, este
resultado contrasta significativamente con el promedio de los países
desarrollados, incluso se encuentra por debajo del resto de los países
latinoamericanos.
Fuente: El Mercurio.
martes, 10 de noviembre de 2015
Supermercados Bigger se acoge a procedimiento concursal de reorganización.
Compleja situación financiera de Bigger la obliga a solicitar reorganización de pasivos
Con una deuda de en torno a $6.000 millones con sus principales proveedores, Supermercados Bigger y Bigger Mayorista, acudieron a los tribunales para solicitar reorganizar el plazo de pago de las deudas y así evitar una eventual quiebra.Fuente: Diario Pulsomartes, 3 de noviembre de 2015
Élite y Servicio Público: el caso del Fiscal Nacional Económico.
“No hay peor astilla que la del propio palo”. Es lo que deben estar pensando varios en el mundo empresarial, sobre Felipe Yrarrázabal Philippi.
Fuente: El Muro
Fuente: El Muro
Bolsas suspenden transacción de bonos de La Araucana y golpea a fondos mutuos
Acerca de los efectos en el mercado de la falta de liquidez y solvencia de un emisor de valores, sujeto a fiscalización de la Autoridad Administrativa.
Fuente: La Tercera
Fuente: La Tercera
Gobierno le repondrá urgencia a proyecto de Tribunales Tributarios y espera sea ley este año
Se ingresó un paquete de indicaciones para impulsar la iniciativa y cumplir a cabalidad con el protocolo de acuerdo de la Reforma Tributaria.
Las principales indicaciones son:
- Llamado a conciliación obligatorio, vencido el período de observaciones a la prueba.
- Facultad expresa para declarar, a petición de una parte, la nulidad de actos administrativos del SII o Aduanas.
- Modificación a la citación administrativa, estableciendo un nuevo plazo para presentar documentación adicional.
- Obligatoriedad de ampliar el plazo de contestación de la citación cuando lo solicite el contribuyente.
Fuente: Diario Pulso
lunes, 2 de noviembre de 2015
Origen del caso Confort
Diario Pulso asegura que fue una investigación en Perú la que llevó a CMPC a delatarse ante la FNE. Aquí dejo el link.
jueves, 29 de octubre de 2015
Nuevo ejemplar del Título X, Partida V
Estimados alumnos:
Ante las dificultades que se han reportado para entender el castellano antiguo, dejo link para descargar e imprimir el Título X, de la Partida V, en una versión actualizada de nuestro idioma.
Saludos cordiales.
Alex Díaz Loayza
Ante las dificultades que se han reportado para entender el castellano antiguo, dejo link para descargar e imprimir el Título X, de la Partida V, en una versión actualizada de nuestro idioma.
Saludos cordiales.
Alex Díaz Loayza
Nueva fecha Trabajo de las Partidas
De acuerdo al requerimiento de algunos alumnos de cuya seriedad no me cabe dudar, se prorroga la fecha de entrega del trabajo para el 27 de Noviembre.
viernes, 16 de octubre de 2015
¿Qué es un Family Office?
FAMILY OFFICE Y
WEALTH MANAGEMENT.
Por Jon Martínez E.
Profesor del ESE Business School, Universidad de los Andes.
El concepto de Family Office -u Oficina de la Familia- se
remonta a la antigua Roma, donde el maior domus era el criado principal a cuyo
cargo estaba el gobierno económico de una casa o hacienda. Después de la
Revolución Industrial, el crecimiento de las fortunas y la idea de preservar el
patrimonio para futuras generaciones de la familia, se empieza a desarrollar el
concepto en Europa y luego en EE.UU. A partir de familias estadounidenses como
Rockefeller, Carnegie y otras, el concepto toma fuerza en la segunda mitad del
siglo XX. Hoy, se calcula que existen varios miles de oficinas familiares en
Estados Unidos y Europa. En Chile se estima que existen unas cien.
En su versión más restringida, la función de un family
office es administrar el patrimonio financiero de una familia, lo que se conoce
como wealth management. Normalmente, este patrimonio se ha generado a partir de
retiros o dividendos de la(s) empresa(s) de la familia, o en ocasiones producto
de la venta de la misma, lo que genera una gran liquidez a sus dueños. En
algunos casos, se trata de familias inversionistas y no empresarias, que han
hecho su fortuna en la Bolsa o mercados financieros en general, más que a
partir de una empresa.
Pero un concepto más amplio de family office incluye no sólo
lo anterior, sino también otras inversiones de la familia, los temas legales,
tributarios y sucesorios, las actividades filantrópicas de la familia, etc.
Muchos family offices también incorporan los seguros generales e individuales
de los familiares, las propiedades inmobiliarias y hasta las casas de
vacaciones y los viajes de la familia. En algunos países latinoamericanos, los
family offices suelen incluir la seguridad de familias con alto patrimonio.
Para la mayoría de las familias empresarias el family office
es una oficina aparte, donde se llevan las inversiones no relacionadas con los
negocios principales de la familia. Allí los accionistas familiares suelen
tener sus oficinas personales, lejos de la(s) empresa(s) que poseen. De ahí que
algunos la llaman “la casa del accionista”. Sin embargo, para las familias
inversionistas -cuyo giro principal son precisamente las inversiones
financieras, o participaciones minoritarias en empresas que no controlan- el
family office es la empresa principal, y muchas veces coincide con la sociedad
holding familiar. La lógica de crear una unidad separada para llevar los asuntos
de la familia y sus miembros individuales se refleja en el comentario de uno de
los dueños de una empresa familiar: “No es recomendable, por razones de
dedicación, especialización y confidencialidad, que las platas de la familia
las maneje el gerente de finanzas de la empresa, nuestras declaraciones de
impuestos las haga el contador o nuestros asuntos legales los lleve el
departamento legal. Ellos no están para atender nuestros asuntos personales y,
además, todos los empleados de la empresa podrían enterarse de los activos que
tenemos y de los impuestos que pagamos”.
Básicamente, hay tres tipos de family office: el single
family office, u oficina de una sola familia empresaria o inversionista; el
multi-family office, u oficina que atiende a varias familias a la vez; y el
corporate family office que es el multi-family office de un banco o institución
financiera más tradicional.
Tener una single family office ofrece varias ventajas, pues
todos los servicios son coordinados por una oficina que trabaja sólo para los
miembros de la familia. Esto permite a la familia involucrarse más directamente
en sus procesos de inversión y tener un control absoluto sobre ellos. Además,
los informes y reportes pueden hacerse a la medida de cada miembro de la
familia. Sin embargo, su principal desventaja son los altos costos operativos
que implica tener todo un equipo de personas trabajando sólo para una familia.
Por eso es que sólo se recomienda este tipo de family office para familias de
alto patrimonio que justifiquen esos costos. Una opción es tener unos pocos
empleados propios y contratar a una multi-family office para el wealth
management.
Publicado en La Tercera de 16.09.2015, Negocios, p. 42.
viernes, 2 de octubre de 2015
Lecturas para debate
Hoy se ha publicado en La Tercera una larga entrevista a Rafael Guilisasti, presentado por Poderopedida, como "empresario vitivinícola, profesor de historia y dirigente gremial", quien, además, en las últimas semanas ha estado presente en los medios a causa de su renuncia al Consejo Directivo de CORFO, para aceptar el cargo de director y presidente de las sociedades de inversión (conocidas como sociedades cascada) que controlan Soquimich (SQM), en circunstancias que existe un juicio arbitral entre la corporación estatal y la última de las nombradas.
En esta entrevista Guilisasti explica las razones por las que aceptó el ofrecimiento de las cascadas y señala que no cree haber incurrido en infracción alguna al deber de probidad, reivindicando que en el tratamiento que se ha dado a su decisión se demuestra el deterioro que ha experimentado la buena fe en la convivencia social.
A renglón seguido, en una segunda parte de la entrevista, aborda el por qué consideró necesario ingresar en el gobierno corporativo de las sociedades cascadas y cuál es el rol que en tanto accionistas controladoras les cabe respecto de SQM. Aquí hace un resumido análisis de las relaciones que existen entre directorio, accionistas y sociedad y cómo la calidad y sanidad de dichas relaciones determina un aumento o pérdida de valor de las compañías.
Ambas entrevistas, proveen interesantes insumos para reflexionar y debatir acerca del ambiente en que se desarrolla actualmente la actividad de las grandes compañías de nuestro país y de los desafíos que plantea el gobierno superior de esas sociedades dentro del mercado y de la sociedad en general, por lo que se pide a los alumnos del curso que lean ambas entrevistas que serán debatidas en clases.
En esta entrevista Guilisasti explica las razones por las que aceptó el ofrecimiento de las cascadas y señala que no cree haber incurrido en infracción alguna al deber de probidad, reivindicando que en el tratamiento que se ha dado a su decisión se demuestra el deterioro que ha experimentado la buena fe en la convivencia social.
A renglón seguido, en una segunda parte de la entrevista, aborda el por qué consideró necesario ingresar en el gobierno corporativo de las sociedades cascadas y cuál es el rol que en tanto accionistas controladoras les cabe respecto de SQM. Aquí hace un resumido análisis de las relaciones que existen entre directorio, accionistas y sociedad y cómo la calidad y sanidad de dichas relaciones determina un aumento o pérdida de valor de las compañías.
Ambas entrevistas, proveen interesantes insumos para reflexionar y debatir acerca del ambiente en que se desarrolla actualmente la actividad de las grandes compañías de nuestro país y de los desafíos que plantea el gobierno superior de esas sociedades dentro del mercado y de la sociedad en general, por lo que se pide a los alumnos del curso que lean ambas entrevistas que serán debatidas en clases.
jueves, 1 de octubre de 2015
Actividad Derecho de Sociedades
Actividad Derecho de Sociedades
Estudio de la regulación del contrato de
sociedad en el Código Civil a la luz de las 7 Partidas.
Objetivos:
·
Describir los rasgos fundamentales
del contrato de sociedad según aparece regulado en las Partidas.
·
Realizar un cuadro comparativo en
que se señalen las principales similitudes y diferencias entre la regulación de
las Partidas con la que efectúa el Código Civil chileno.
Aspectos mínimos a considerar:
1.
Definición.
2.
Circunstancias que denotan el
carácter intuito personae.
3.
Concurrencia de los socios a las
utilidades y a las pérdidas.
4.
La contratación con terceros (ley
8ª).
5.
Responsabilidad de los socios por
las deudas contraídas en interés social (Ley 15 y 16).
6.
Causas de término de la sociedad.
7.
Efecto del incumplimiento de las obligaciones
(Ley 14).
jueves, 13 de agosto de 2015
Juntas extraordinarias, objeto, convocatoria, improcedencia de segunda votación.
“En la referida junta se propusieron a los accionistas las materias de la citación pertinente, se sometieron a votación y fueron rechazadas, por cuanto no se alcanzó el quorum exigido por sus estatutos sociales. Lo anterior no obstante que, con posterioridad a dicha votación, se haya efectuado una nueva votación de la reforma de estatutos propuesta, incluyendo ciertas condiciones adicionales a la proposición originalmente votada en la junta, por cuanto dicha situación no es jurídicamente procedente. Ello, en atención a que, una vez analizadas las materias objeto de la citación y adoptado un acuerdo al respecto en la junta pertinente, con la nueva propuesta y votación, se estaría decidiendo en la misma junta extraordinaria de accionistas una materia adicional, no contemplada en la citación correspondiente, en infracción de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 55 de la Ley N°18.046 de Sociedades Anónimas”
Revisar noticia en La Tercera
viernes, 7 de agosto de 2015
Prueba pendiente
En consideración a la suspensión de actividades verificada ayer jueves, la prueba se tomará el día de hoy a las 19:00 hrs.
Atte.
Alex Díaz Loayza
Atte.
Alex Díaz Loayza
miércoles, 5 de agosto de 2015
Prueba pendiente
Se avisa a las personas que no rindieron la prueba solemne, que mañana jueves 6, a las 19:00 hrs, se tomará la interrogación oral respectiva, de conformidad a las normas reglamentarias vigentes, esto es, a quienes hayan sido autorizados al efecto por la Escuela.
Cordialmente,
Alex Díaz Loayza
Cordialmente,
Alex Díaz Loayza
miércoles, 1 de julio de 2015
Prueba viernes 03.07.15
Estimados alumnos:
En relación con algunas consultas, reitero que la materia que comprende la prueba solemne del día viernes próximo es: desde títulos de crédito en adelante, lo que incluye letra de cambio, pagaré y cheque.
Lo referido al pagaré y cheque se estudió en la clase del día 19 de junio.
Aclaración de dudas:
1. quisiera solicitar su ayuda con los tipos de vencimiento de la letra de cambio, es posible que pueda ejemplificarme cada categoría.
Respuesta:
La letra a la vista: No refiere un momento determinado a contar del cual se hace exigible, por lo que es pagadera “a la vista”, esto es, en el momento en que sea presentada al librado para su cobro.
La letra a una fecha desde la emisión, ejem: Raquel, paga 50 pesos a José, al cabo de 5 días a contar de esta fecha.
Letra a una fecha desde la vista, ejem: Raquel, paga 50 pesos a José, al cabo de 5 días a contar de la fecha de la vista, esto es, desde que la aceptes (aquí se debe poner la fecha en que se aceptó, para contar los 5 días).
Letra a un día fijo y determinado: Raquel, paga 50 pesos a José, el día 14 de agosto de 2015.
Atte.
ADL
En relación con algunas consultas, reitero que la materia que comprende la prueba solemne del día viernes próximo es: desde títulos de crédito en adelante, lo que incluye letra de cambio, pagaré y cheque.
Lo referido al pagaré y cheque se estudió en la clase del día 19 de junio.
Aclaración de dudas:
1. quisiera solicitar su ayuda con los tipos de vencimiento de la letra de cambio, es posible que pueda ejemplificarme cada categoría.
Respuesta:
La letra a la vista: No refiere un momento determinado a contar del cual se hace exigible, por lo que es pagadera “a la vista”, esto es, en el momento en que sea presentada al librado para su cobro.
La letra a una fecha desde la emisión, ejem: Raquel, paga 50 pesos a José, al cabo de 5 días a contar de esta fecha.
Letra a una fecha desde la vista, ejem: Raquel, paga 50 pesos a José, al cabo de 5 días a contar de la fecha de la vista, esto es, desde que la aceptes (aquí se debe poner la fecha en que se aceptó, para contar los 5 días).
Letra a un día fijo y determinado: Raquel, paga 50 pesos a José, el día 14 de agosto de 2015.
Atte.
ADL
domingo, 28 de junio de 2015
Artículo: ACERCA DEL DEUDOR EN EL NUEVO DERECHO CONCURSAL CHILENO
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