jueves, 9 de mayo de 2013

Nueva regulación del contrato de seguros y delito por defraudación en esa materia.

Con fecha de hoy se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.667 que reemplaza la regulación del contrato de Seguros en el Código de Comercio y modifica otros cuerpos legales en relación a la materia, como por ejemplo: tipifica un nuevo delito en el art. 470 del Código Penal, en los términos siguientes:

"A los que maliciosamente obtuvieren para sí, o para un tercero, el pago total o parcialmente indebido de un seguro, sea simulando la existencia de un siniestro, provocándolo intencionalmente, presentándolo ante el asegurador como ocurrido por causas o en circunstancias distintas a las verdaderas, ocultando la cosa asegurada o aumentando fraudulentamente las pérdidas efectivamente sufridas.
Si no se verifica el pago indebido por causas independientes de su voluntad, se aplicará el mínimo o, en su caso, el grado mínimo de la pena. La pena se determinará de acuerdo con el monto de lo indebidamente solicitado.".

Saludos,

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